
Podrán ser beneficiarios o beneficiarias de la subvención aquellas personas propietarias de viviendas libres desocupadas cuya superficie útil no exceda de 120 m2 y las ofrezcan por un periodo mínimo de 5 años, en arrendamiento a través de las Agencias de Fomento del Alquiler.
La cuantía de la subvención será de 6.000 € y se destinará en parte a cubrir los gastos que se ocasionen para asegurar contra posibles impagos y desperfectos, salvo los originados por el desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
El propietario podrá no obstante, renunciar a formalizar dichos aseguramientos.
La Agencia de Fomento del Alquiler colaborará en la Gestión de la subvención analizando la solicitud recibida y la documentación que la acompaña y la efectividad de los requisitos determinantes para su otorgamiento.
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