Podrán ser beneficiarios de una subvención por una cuantía máxima del 40 por ciento de la renta anual satisfecha, sin exceder en ningun caso de 2.880 euros, las personas que formalicen un contrato de arrendamiento de una vivienda a traves de las Agencias de Fomento del Alquiler, y en quiene concurran alguna de las siguientes circunstancias:
- Tener una edad no superior a 35 años.
- Ser víctima de violencia de género o de terrorismo.
- Familias numerosas o monoparentales.
- Personas con al menos un grado del 40% de minusvalía y movilidad reconocida oficialmente.
- Personas mayores de 65 años y aquellas que se encuentren en grupos de protección preferente.
Los ingresos familiares de las personas ocupantes de la vivienda no excederán de 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
El periodo máximo del alquiler a subvencionar será de 24 meses. Agotado el plazo máximo de 24 meses de subvención, no podrá obtenerse nuevamente esta ayuda hasta transcurridos cinco años desde la percepción de la última ayuda.
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